DEFINICIONES
que deben conocerse en Educación Vial
Acera: orilla de la calle, vía pública o vereda, generalmente pavimentada, destinada para el tránsito de peatones.
Automóvil: Automotor para transporte de personas de hasta 8 (ocho) plazas (excluido el conductor).
Bocacalle: Entrada o embocadura de una calle.
Banquina: Zona de la vía contigua a una calzada pavimentada, de un ancho de hasta tres metros, si no está delimitada.
Calzada: Parte de la vía pública destinada al tránsito de vehículos.
Circulación giratoria: Tránsito que consiste en dar vuelta alrededor de una rotonda, dejando a esta constantemente a la izquierda del conductor.
Conductor: Persona que dirige, maniobra o se halla a cargo del manejo directo de un vehículo durante su utilización en la vía pública.
Encrucijada: Lugar donde se cruzan o dividen dos o más calles o caminos.
Estacionar: Detención de un vehículo en la vía pública con o sin conductor, por un periodo mayor que el necesario para el ascenso o descenso de pasajeros o carga o descarga de cosas.
Ómnibus: Vehículo automotor para transporte de pasajeros de capacidad mayor de ocho personas, más el conductor.
Peatón: Llámese peatón a todo usuario de la vía pública que se desplaza por la misma sin necesidad de medios de movilidad. Peatón es aquel que circula a pie.
Senda Peatonal: sector de la calzada destinada al cruce de ella por peatones y demás usuarios de la acera. Cuando no exista demarcación específica, es la parte de la calzada que prolonga la acera en sentido longitudinal.
Señal de tránsito: Dispositivo, marca, signo colocado o erigido por la autoridad competente o entidad autorizada con el propósito de guiar, dirigir, advertir o regular el tránsito.
Vehículo: Medio en el cual o por el que toda persona o cosa puede ser transportada por la calzada.
Vía Pública: Carretera, camino, calle, callejón, pasaje, senda, paso de cualquier naturaleza incorporado al dominio público o a las áreas así declaradas por la autoridad